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Nino Bravo: LIBRE
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De la vida no quiero mucho. Quiero apenas saber que intenté todo lo que quise, tuve todo lo que pude, amé lo que valía la pena y perdí, apenas, lo que nunca fue mío. (Pablo Neruda) ![]() Lo que no dejas ir, lo cargas. Lo que cargas, te pesa, te hunde. Practica el arte de soltar, perdonar y dejar ir. |
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Quien mal habla en tu ausencia, temor tiene en tu presencia |
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Preocúpate más por tu conciencia que de tu reputación; tu conciencia es lo que eres, tu reputación es lo que otros piensan que eres. ![]() Me gusta ser como soy, no confundas mi personalidad con mi actitud. Mi personalidad es quién soy, mi actitud depende de quién seas tú. ![]() Ya no discuto, aprendí que lo que me molesta se puede evitar y que donde la ignorancia habla, la inteligencia calla. Sin duda ahora vivo más tranquilo.
Libertad
y seguridad:
El valor superior de la libertad forma parte esencial del ser humano y
le permite actuar según sus convicciones y al mismo tiempo hacerse responsable
de sus actos. Es por ello que la libertad tiene un valor esencial pero no
ilimitado, pues encuentra su frontera final allí donde la percibe la conciencia
del sujeto (responsabilidad personal) y, como vive en sociedad, asimismo acaba
su derecho donde comienza el de los demás (responsabilidad social), y también
allí donde las leyes lo limitan (responsabilidad democrática).
Al ser la persona un ser racional susceptible de conformar sus criterios
para valorar sus actos, no pueden entenderse sus responsabilidades al margen de
aquellos criterios que pudieron y debieron formarse según su capacidad. En Derecho
Penal, que es una de las ramas del Derecho más necesitadas del estudio interno
de la persona, a eso se llama imputabilidad (capacidad de entender o
comprender) y culpabilidad (capacidad de querer). Y es que la libertad conlleva
irremediablemente, responsabilidad. Si una persona desea ser libre, ha de ser
responsable. Y la responsabilidad se puede incrementar con una adecuada
educación y forma de vida. Por eso es tan importante esto último si se quiere
realmente vivir en libertad y seguridad en proporciones aceptables. En ese
entorno se desarrolla el derecho a la libertad de la persona. No obstante, el
derecho a la libertad puede ser anulado o mediatizado ilícitamente por fuerzas
externas, psíquicas o físicas, que si no se reprimieran constituirían para la
persona una situación de inseguridad personal.
Por miedo, una persona puede no sentirse libre e impedida de ejercer su
derecho. Por la fuerza física, un detenido no se encuentra en condiciones de
hacer uso de su derecho a la libertad de movimiento. Con la libertad y la
seguridad debe lograrse un equilibrio suficiente como para que ni la una ni la
otra se anulen entre sí.
Podríamos decir que el principio de seguridad ha de crear el espacio
suficiente como para que en él pueda desarrollarse el derecho a la libertad de
todos. Y esa es la tensión a la que denominamos “la dialéctica de la libertad y
de la seguridad”.
El legislador, y por supuesto, quienes están encargados de aplicar la
Ley, no tienen capacidad para negar la libertad, porque no depende de ellos su
existencia, ni ignorarla, dictando normas a espaldas de la libertad como si
ésta no existiera anulando en consecuencia su contenido esencial. Y es que la
libertad entronca con el derecho a la dignidad humana pues “la libertad hace a
los hombres sencillamente hombres”.
Y asimismo es esencial para que el ejercicio del derecho a la libertad
sea efectivo en una democracia, que el Estado lo garantice con las normas que
dicte, con independencia de los que las apliquen y con el efectivo cumplimiento
de sus resoluciones. Eso otorga a los ciudadanos una situación de seguridad
jurídica, cuyo principio por tanto ha de ser firmemente mantenido y protegido
también. Sin seguridad jurídica, en un Estado de Derecho, no hay libertad ni
tampoco democracia.
Pero como el acierto no suele estar en los extremos, con la libertad y
seguridad pasa lo mismo. Ni una excesiva libertad permite la seguridad, ni una
seguridad desproporcionada deja desarrollarse a la libertad.
En el artículo publicado en el diario
ABC “Derecho y Democracia”, Ramón Rodriguez Arribas, magistrado,
recuerda que “la democracia necesita demócratas, esto es, hombres y mujeres que
hayan aceptado los principios democráticos, porque en otro caso el sistema
siempre estará en riesgo”. Dice que “el principio básico de la democracia es el
respeto al orden jurídico que consiste en la obediencia a las leyes y a las
resoluciones judiciales”, y que todos los demás derechos vienen después. Que esas
son las reglas de juego que constituyen la base de la democracia. Que “la
historia nos advierte que cuando esas situaciones de desprecio al Derecho se
generalizan, la democracia y el Estado mismo corren serio peligro”, porque se
trata entonces de sustituir el principio de respeto al orden jurídico – reglas
de juego de todos- por otros supuestos valores muy particulares de quien los
defiende, en ocasiones convertidos en sentimientos, que se colocan por encima
de las Leyes y que acaban enfrentándose a otros sentimientos opuestos. De tal
manera que, en el desorden del Derecho, cuando la Leyes se incumplen y las
sentencias judiciales resultan estériles, solo hay injusticia, arbitrariedad y
caos, que son el cultivo de los totalitarismos. Y así-podríamos añadir- lo que
parecía un juego de libertades, puede convertirse en algo tan concreto y grave
como la desaparición del derecho a la libertad, y es cuando surgen esas tardías
voces, que siempre llegan, para decir: ¡¡esto no, esto no!!.
Por lo tanto, la democracia exige un
Estado de Derecho fuerte y eficaz, sin el cual no puede desarrollarse la
seguridad jurídica ni, por ende, el derecho a la libertad de las personas.
Ahora bien; tampoco el principio de seguridad, entendido en sentido
general, ha de ser de tal magnitud que sofoque el derecho a la libertad de las
personas.
Desde esta perspectiva -también de mucho interés, aunque exige mayor
cuidado en su ponderación y comprensión- se publicó en el periódico Expansión un
artículo de Fernando del Pino Calvo Sotelo titulado “Huyendo de la realidad”,
en el que critica una exacerbación de la
seguridad asumida por el poder político en demérito de la libertad.
Para
concluir que la persona debe ejercer su responsabilidad, debe saber no sólo que
tiene derecho a ser libre, sino que tiene que luchar por esa libertad, que es
su dignidad, conociendo las cargas que ello conlleva, de trabajo y sacrificios;
siendo consciente de que en esta vida nadie –tampoco el Estado- puede asegurar
la falta de dolor o de padecimientos porque “esa es una superstición que no
existe en la Naturaleza”. Que el dolor es indeseable, pero es inevitable, y que
es un error, que a la larga se paga muy caro, el de dejarse engañar y ceder la
libertad al poder a cambio de una absoluta seguridad que no existe.
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Cuando los que mandan pierden la vergüenza, los que
obedecen, pierden el respeto
(Georg Christoph Lichtenberg)
Es un error, dejarse engañar y ceder la libertad al poder a cambio de una absoluta seguridad que no existe.
Aquí
nos adentramos en el tenebroso y complejo problema –tan actual hoy- de la
entrega al poder, público o privado (como si fuera un padre para todo) de
nuestras libertades, a cambio de seguridades que nosotros, con nuestro trabajo
y esfuerzo podríamos y deberíamos conseguir.
Cuán importante es nuestra responsabilidad, en lugar de tanta seguridad,
para preservar nuestra libertad o nuestra intimidad, por ejemplo, en Internet,
cuyos beneficios para la humanidad nadie creo que deba negar. Pero cuán
importante también es que las personas sean informadas desde su infancia con
los datos necesarios para adquirir su propia responsabilidad en el medio en que
se mueven.
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Para la libertad - Miguel Hernandez - Joan manuel serrat
SEGURIDAD, LIBERTAD Y DERECHOS HUMANOS
Aunque la protección de la seguridad ciudadana y el ejercicio de las
libertades públicas constituyen un binomio inseparable, según lo expresa
nuestro ordenamiento jurídico, y ambos conceptos son requisitos básicos de la
convivencia en una sociedad democrática, desde una concepción de progreso sería
conveniente superar aquellas interpretaciones antinómicas de libertad y
seguridad que buscan mantener equilibrios entre la tarea de proteger el libre
ejercicio de los derechos y libertades y la tarea de garantizar la seguridad
ciudadana.
Existe una lógica, a todas luces conservadora, que presenta la seguridad
en contradicción con el principio de libertad y que viene a defender que si el
ciudadano aspirar a tener más seguridad eso le va a costar perder libertad o viceversa.
Nada más lejos de la realidad presentar esta dialéctica excluyente de dos
condiciones indispensables para el desenvolvimiento de los ciudadanos en una
sociedad democrática. Por el contrario, la seguridad es la condición necesaria
para a libertad, y no es posible la democracia sin libertad.
Esta interpretación subsidiaria de la seguridad, como instrumento al
servicio de la garantía de los derechos y libertades, interactiva con valores
democráticos como la solidaridad, la tolerancia y la convivencia pacífica, de
servicio público para el conjunto de la ciudadanía y al servicio del bien común
para la sociedad, es lo que debe prevalecer en un Estado Social y Democrático
de Derecho.
El sentido que confiere a la seguridad ciudadana la Declaración Universal
de los Derechos Humanos confirma esta orientación. En su preámbulo considera
que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tiene por base el
reconocimiento de la dignidad y derechos de todos los miembros de la familia
humana y que deben de ser protegidos por un régimen de Derecho, así en su art.
3º, de forma significativa explicita: "Todo individuo tiene derecho a la
vida, a la libertad y a la seguridad de su persona".
Nuestra ilustrada Constitución refuerza esta posición humanista y
universalista mediante su art. 15, en el que expresa: "Todos tienen derecho a la vida y a la
integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a
torturas, ni penas o tratos inhumanos o degradantes ..."; reafirmando
a su vez la inseparabilidad del binomio aludido en el art. 17, en el que
manifiesta : "Toda persona tiene
derecho a la libertad y a la seguridad"; además, nuestra Constitución
orienta la función de sus instrumentos operativos en el art. 104, de forma que:
"Las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad,
bajo dependencia del Gobierno, tendrán como misión proteger el libre ejercicio
de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana".
CONCEPTO INTEGRAL DE SEGURIDAD
España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho que propugna
como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia,
la igualdad y el pluralismo político, así lo define nuestra Constitución, estableciendo,
además, que la dignidad de la persona y los derechos inviolables, el respeto a
la ley y a los derechos de los demás, son el fundamento del orden político y la
paz social.
La concepción de Seguridad, nada más lejos de aquel concepto jurídico
indeterminado heredado del franquismo del "orden público", tiene como
fundamento asegurar unos principios constitucionales. Precisamente con el final
de la dictadura, se derogaba la emblemática Ley de Orden Público y se ponía en
pie un nuevo marco legal acorde con el orden constitucional, adquiriendo así un
sentido de progreso y coherente con los valores democráticos.
Pero una concepción integral de la Seguridad no es compatible con una
interpretación exclusivamente producto de la acción policial; al contrario, es
la expresión y resultado de unas políticas de cohesión fundamentadas en los
principios de ciudadanía, solidaridad, proximidad, prevención y eficacia.
Frente a planteamientos conservadores que pivotan en el orden público e
intervención policial represiva, la seguridad ciudadana tiene como perspectiva
el deber de garantizar los derechos y libertades al sujeto de la democracia: el
ciudadano. También desde la corresponsabilidad, la seguridad ciudadana es un
asunto de todos, de instituciones y sociedad, de cada ciudadano y del tejido
social, en el que por SOLIDARIDAD la colaboración es necesaria porque la
inseguridad es un fracaso colectivo y una quiebra de libertades, derechos y del
principio de igualdad.
Solo las políticas de seguridad ciudadana basadas en la PREVENCIÓN
pueden reducir el problema real de la inseguridad y toda acción preventiva debe
estar orientada a atacar las raíces económicas, sociales y culturales que
alimentan la inseguridad objetiva y subjetivamente. De igual forma un
planteamiento democrático y progresista de seguridad ciudadana debe tener un
carácter de PROXIMIDAD como criterio operativo de acercamiento a territorios y
de empatía con los colectivos que sufren inseguridad.
Finalmente, sin EFICACIA, sin una articulación coherente de los
instrumentos de policía en los distintos niveles del Estado, sin
especialización, medios y dotaciones adecuadas a las tareas a asumir y a los
tiempos que corren, sin planes transversales y específicos de seguridad que
coordinen las instituciones e interrelacionen problemáticas, sin una
participación activa de la ciudadanía, el Estado de Derecho perdería su
credibilidad en defender valores superiores como la vida, la libertad, la
integridad y la dignidad de los ciudadanos.
SEGURIDAD PARA LA LIBERTAD
A comienzos del siglo XXI nos enfrentamos a nuevos problemas de
seguridad generados por la presencia de hechos violentos de forma persistente y
por la vulneración de derechos en diferentes ámbitos, ante los que el
ciudadano, el policía y las instituciones han de saber reaccionar
adecuadamente.
Bien sea el terrorismo y la violencia urbana, la violencia contra la
mujer, la violencia racista y xenófoba, el matonismo escolar y la delincuencia
juvenil, el tráfico ilícito de drogas, la violencia y agresiones sexuales a la
infancia, el delito organizado, las sectas destructivas, el flujo clandestino y
la explotación ilegal de inmigrantes, la delincuencia internacional, la
explotación sexual de seres humanos, el tráfico ilícito de sustancias nucleares
o radioactivas, la seguridad de las instituciones y todo el arco de problemas
derivados de la quiebra de los derechos fundamentales, nos encontramos ante la
responsabilidad de construir una vida en libertad reduciendo los déficits de
seguridad que padece una sociedad victimizada. ¿O es que acaso un concejal, un
periodista o un profesor no nacionalista en el País Vasco tienen dificultad de
vivir en libertad por exceso de seguridad? ¿O es que acaso una mujer maltratada
no se siente libre por estar sobrada de seguridad institucional? ¿O un joven, o
un inmigrante, o un homosexual ...cuando son agredidos por cabezas rapadas,
desprecian la seguridad para ser más libres? No se puede seguir planteando
antagónicamente dos principios que fundamentan la convivencia democrática como
son la libertad y la seguridad.
La Seguridad Ciudadana es una reivindicación permanente en un Estado
democrático Social y de Derecho, necesaria para mejorar las condiciones de vida
en una sociedad progresista y avanzada. Un discurso de profundización y
desarrollo democrático tiene que contemplar que vivir acordes con el valor de
la Tolerancia, exige una democracia fuerte que impida la violencia en todos los
ámbitos y que haga de la seguridad ciudadana, solidaria, próxima, preventiva y
eficaz un baluarte de la convivencia y de la democracia.
Solo es posible vivir en libertad si impedimos que haya gente que nos la
quite, es decir si somos capaces de desarrollar una política de seguridad que
impida que nadie, persona, grupo o ente alguno, emprenda y desarrolle
actividades o actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y
libertades proclamados universalmente.
Esteban Ibarra (Presidente Movimiento
contra la Intolerancia)
Benjamin Franklin: “Aquellos que renunciarían a una libertad esencial, para conseguir un poco de seguridad momentánea, no merecen ni libertad ni seguridad”.
Petrus Rypff: "El uso de la violencia debe ser categóricamente rechazado, pero su prevención no puede venir a expensas del derecho fundamental de los ciudadanos a la comunicación, ni tampoco de un cercenamiento de la libertad, “por nuestro bien”.
Seguridad por libertad- La ventana esmeralda -
Antonio Muñoz
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1 comentario:
Las democracias se establecen en la equidistancia entre derechos
Y obligaciones que los ciudadanos otorgan a los estados para garantizar la libertad individual y colectiva de los mismos. La educación
Basada en los principios postulados ha de situarse en la misma dirección. Esto implicará madurez democrática y por ende en un Estado justo y proporcional. Para que las leyes que regulen el proyecto, se establecerá un marco adecuado en el que se positiven las mismas e implementado con un derecho consuetudinario asociado a cada modelo de sociedad de que se trate atendiendo así a la evolución tecnológica y social. En suma, el Estado tiene que garantizar un modelo de justicia donde el ciudadano pueda sentirse "libre"
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